Actualizado: 16.AGO.2024
Instalar un enganche en la parte trasera de nuestro vehículo es una posibilidad que podemos plantearnos realizar, sobre todo si pensamos utilizar de forma habitual nuestro coche tirando de un remolque o, simplemente, porque estemos pensando en irnos de vacaciones con una caravana que nos permita disfrutar de la naturaleza de una forma más directa.
Sea cual sea nuestro motivo, el hecho es que podemos vernos en la necesidad de tener que instalar un enganche, también conocido como bola de enganche, o bola de remolque, en nuestro coche.
Pero antes de continuar explicando los pasos que debemos seguir para legalizar la bola de remolque de nuestro coche, debemos tener claro dos aspectos muy importantes:
• Primero, que la instalación del enganche en nuestro coche se debe realizar en un taller debidamente autorizado y dado de alta en Actividades Económicas para poder realizar dicha actividad,
• Y en segundo lugar, que el sistema de enganche que vayamos a instalar en nuestro vehículo disponga de su correspondiente certificado de homologación CE.
Ejemplo de bola de enganche instalado en un vehículo
RECUERDA: No podemos instalar en nuestro vehículo ningún enganche, ni cualquier otro artilugio que no esté debidamente homologado, ni disponga de su correspondiente sello CE de homologación.
También es importante saber que la instalación de un enganche para remolque en un vehículo es considerado como reforma de importancia según la normativa vigente, y por tanto, su instalación deberá ser legalizada en una estación de Inspección Técnica de Vehículos (ITV) en un plazo de 10 días desde su instalación. El no hacerlo puede acarrear una severa sanción.
Por ello, una vez que el taller nos haya instalado la bola de remolque en nuestro vehículo, inmediatamente deberemos solicitar cita en una ITV para su correspondiente legalización. Una vez que dispongamos de la cita para legalizar el enganche, deberemos presentarnos en la fecha y hora indicada con nuestro vehículo con el enganche instalado en la ITV.
En la correspondiente ITV, junto a nuestro vehículo con el enganche ya instalado, deberemos aportar la siguiente documentación:
1.- Certificado del taller que ha realizado la instalación del enganche en el vehículo. Recordar que el taller que realice la instalación del enganche deberá estar inscrito en el correspondiente Registro de Industria como taller autorizado para realizar esta reforma.
Para ello, el taller que nos haya montado el enganche de remolque en nuestro vehículo nos deberá proporcionar su correspondiente Modelo de Certificado de Taller debidamente cumplimentado por el propio taller que nos ha realizado el montaje.
2.- Manual con las instrucciones de montaje del fabricante del enganche. Este documento es también muy importante disponer de él y se adquiere en el momento de la compra del enganche. Es decir, es un documento que suministra el propio fabricante del enganche en el momento de su compra.
3.- Informe de conformidad. Este documento puede ser emitido por varios agentes:
- Por la Marca de nuestro vehículo (concesionario o representante legal en España de la marca de nuestro vehículo donde se haya montado el enganche)
- Por el Fabricante del enganche
- O por un Laboratorio Oficial de Automóviles. Adjunto un directorio de los distintos laboratorios oficiales de automóviles acreditados en España para seleccionar el que mejor nos convenga.
4.- Certificado de homologación del enganche (marcado CE), suministrado por el fabricante del enganche y que se obtiene también en el momento de la compra.
Una vez inspeccionada la instalación del enganche en la ITV, y dado su visto bueno, el técnico de la ITV procederá a anotar dicha reforma en nuestra ficha técnica del vehículo (o tarjeta ITV). Esta inspección no afectará a la periodicidad de inspecciones del propio vehículo, que deberá pasarla cuando le corresponda según se indique en su tarjeta.
Recordar que la bola de enganche no podrá ocultar ni afectar a la visión completa de la matrícula y luces traseras. En caso que pueda obstaculizar, aunque sea parcialmente, la visión de alguno de estos elementos se deberá instalar un enganche trasero desmontable. En este caso, cuando no se esté circulando con remolque, se deberá desmontar la bola de enganche.
Por último, también indicar que según marca la normativa 94/20/CE relativa a enganches, estos dispositivos deberán ser colocados sólo en los puntos de anclaje que dicta el fabricante del vehículo. Además, todo enganche deberá tener visible una chapa de identificación del enganche donde figure su marca de homologación correspondiente.
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Información y consulta:
Hermenegildo Rodríguez Galbarro
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