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- Proyecto nº 038 -

Estudio de Seguridad y Salud para las Obras de Ampliación de Planta de Almacenamiento, Tueste y Envasado de Café

FUENTE:  Biblioteca Pública Virtual

Escuela Técnica Superior de Ingeniería

Universidad de Sevilla

©  Es obligatorio el respeto de los derechos de autor de este documento.

El objetivo del presente proyecto es la elaboración de un Estudio de Seguridad y Salud para una obra de ampliación de una planta de almacenamiento, tueste y envasado de café.

En el marco normativo en materia de la Prevención de Riesgos Laborales, la Ley 31/1995 es la norma legal en España por la que se determina el cuerpo básico de garantías y responsabilidades preciso para establecer un adecuado nivel de protección de la salud de los trabajadores frente a los riesgos derivados de las condiciones de trabajo, dentro de una política coherente, coordinada y eficaz.

El desarrollo reglamentario de la mencionada Ley, la transposición de Directivas al respecto de la Unión Europea, y la ratificación por España de diversos Convenios de la Organización Internacional del Trabajo que guardan relación con la materia, justifican la aprobación del R. D. 1627/1997, de 24 de octubre, por el que se establecen disposiciones mínimas de seguridad y salud en las obras de construcción, entendiendo éstas, como se define en el Real Decreto mencionado, en su artículo 2, como cualquier obra, pública o privada, en la que se efectúen trabajos de construcción o ingeniería civil, añadiendo en los anexos I y II una relación, no exhaustiva, de las obras de construcción, de ingeniería civil o de los trabajos que implican riesgos especiales para la seguridad y salud de los trabajadores.

Es preciso reparar en el contenido de los artículos 4 y 6 sobre la obligación de realizar un documento relativo a la seguridad y salud de la obra a ejecutar, que tendrá el carácter de Estudio de Seguridad y Salud, en función de los supuestos contemplados en el artículo 4.

De acuerdo con el artículo 6 de dicha ley, serán las normas reglamentarias las que fijarán y concretarán los aspectos más técnicos de las medidas preventivas, a través de normas mínimas que garanticen la adecuada protección de los trabajadores. El R.D. 1627/1997 establece, en el marco de la ley 31/1995 de Prevención de Riesgos Laborales, las disposiciones mínimas de seguridad y de salud en las obras de construcción.

Con el siguiente Estudio de Seguridad y Salud que el autor presenta, se cubren los siguientes aspectos del mismo:

- Conocer el proyecto a construir, la tecnología, los procesos y procedimientos de trabajo y organización previstos para la ejecución de la obra, así como el entorno, condiciones físicas y climatológicas del lugar donde se debe realizar dicha obra, para identificar y analizar los posibles riesgos de seguridad y salud en el trabajo.

- Analizar todas las unidades de obra del proyecto, en función de sus factores: formal y de ubicación, coherentemente con la tecnología y métodos viables de construcción.

- Colaborar con el proyectista para estudiar y adoptar soluciones técnicas y de organización.

- Identificar los riesgos evitables proponiendo las medidas necesarias para conseguirlo.

- Relacionar los riesgos inevitables especificando las soluciones para controlarlos y reducirlos mediante los procedimientos, equipos técnicos y medios auxiliares a utilizar.

- Diseñar, proponer y poner en práctica tras la toma de decisiones de proyecto y como consecuencia de la tecnología que se utilizará. Definiendo las soluciones por aplicación de tecnología segura en sí misma, protecciones colectivas, equipos de protección individual, procedimientos de trabajo seguro, los servicios sanitarios y comunes, a implantar durante todo el proceso de ejecución.

- Crear un ambiente de salud laboral en la obra, mediante el cual, la prevención de las enfermedades profesionales sea eficaz.

- Definir las actuaciones a seguir en caso de accidente, de tal forma, que la asistencia al accidentado sea la oportuna a su caso concreto y aplicada con la máxima celeridad y atención posibles.

- Expresar un método formativo e informativo para prevenir los accidentes, llegando a definir y a aplicar en la obra los métodos correctos de trabajo.

En el propio artículo 5 de dicha Ley se detallan los conceptos que ineludiblemente ha de contener cada uno de sus apartados. El estudio de seguridad y salud contendrá, como mínimo, los siguientes documentos:

• Memoria descriptiva de los procesos, equipos técnicos, materiales y medios auxiliares que hayan de utilizarse o cuya utilización pueda preverse; identificación de los riesgos laborales que pueden ser evitados, indicando a tal efecto las medidas necesarias para ello; relación de los riesgos laborales que no puedan ser evitados conforme a lo señalado anteriormente, especificando las medidas preventivas y protecciones técnicas tendentes a controlar y reducir dichos riesgos y valorando su eficacia, en especial cuando se propongan medidas alternativas.

Asimismo, se incluirá la descripción de los servicios sanitarios y comunes del que deberá estar dotado el centro de trabajo, en función del número de trabajadores que vayan a utilizarlos.

En la elaboración de la memoria habrán de tenerse en cuenta las condiciones del entorno en que se realice la obra, así como la tipología y características de los materiales y elementos que hayan de utilizarse, determinación del proceso constructivo y orden de ejecución de los trabajos.

• Pliego de condiciones particulares en el que se tendrán en cuenta las normas legales y reglamentarias aplicables a las especificaciones técnicas propias de la obra de que se trate, así como las prescripciones que se habrán de cumplir en relación con las características, la utilización y la conservación de las máquinas, útiles, herramientas, sistemas y equipos preventivos.

• Planos en los que se desarrollarán los gráficos y esquemas necesarios para la mejor definición y comprensión de las medidas preventivas definidas en la memoria, con expresión de las especificaciones técnicas necesarias.

• Mediciones de todas aquellas unidades o elementos de seguridad y salud en el trabajo que hayan sido definidos o proyectados.

• Presupuesto que cuantifique el conjunto de gastos previstos para la aplicación y ejecución del estudio de seguridad y salud.

 


Proyecto nº 38:
" Estudio de Seguridad y Salud para Obras de Ampliación de Planta de Almacenamiento, Tueste y Envasado de Café "
FUENTE:  Biblioteca de Ingeniería de la Universidad de Sevilla


 

 

 

 

Información y consulta:

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